DECRETO No. 3057
POR CUANTO: es deber de todo gobierno contribuir a la creación de un ambiente propicio a las empresas de la alta cultura.
POR CUANTO: se ha realizado en Cuba investigaciones de importancia que permiten asegurar el valor esencial de la arqueología precolombina y de la colonial, como fuentes de historia patria.
POR CUANTO: por Decreto Presidencial No. 1306 publicado en la Gaceta Oficial de siete de agosto de 1928 se designó una Comisión para que evitase la dispersión de la riqueza arqueológica de Cuba; Comisión que no llegó a cumplir sus funciones técnicas por las vicisitudes políticas de la nación.
POR CUANTO: las empresas de investigación realizadas con relación a la arqueología cubana permiten asegurar la existencia de una tradición científica que el Estado debe estimular, por todos los medios.
POR CUANTO: es necesario dar a estas empresas de investigación la coordinación necesaria para el mayor éxito de su finalidad crítica y restauradora.
POR TANTO: en uso de las facultades que la Constitución y las leyes me confieren y a propuesta del señor Secretario de Educación
RESUELVO:
ARTICULO I. –Crear en la Habana la Comisión Nacional de Arqueología.
ARTICULO II. –La Comisión Nacional de Arqueología tendrá estos fines esenciales:
- La conservación y estudio de los monumentos precolombinos y coloniales.
- La conservación y examen crítico de los objetos precolombinos que se encuentran en yacimientos o depósitos estratigráficos.
- La conservación y estudio de los restos humanos precolombinos.
- La formación del Mapa Arqueológico de Cuba.
- Contribuir al desarrollo del Museo Arqueológico Nacional.
ARTICULO III. –Se concede a la Comisión Nacional de Arqueología con cargo al Presupuesto de la Dirección de Cultura, Capítulo VII, Artículo I, la cantidad de MIL PESOS ($1,000.00) anuales que se dedicarán a la publicación de un Boletín y al inicio de excavaciones en las zonas que el nuevo organismo estime de mayor interés.
ARTICULO IV. –Formarán la Comisión Nacional de Arqueología: un miembro designado por la Academia de Ciencias, un miembro designado por la Academia de la Historia, un miembro designado por la Facultad de Ciencias de la Universidad de la Habana, un miembro designado por la Facultad de Ingenieros y Arquitectos de la propia Universidad, un miembro designado por el Colegio Nacional de Arquitectos y los señores siguientes:
- Dr. Carlos de la Torre,
- Dr. Arístides Mestre,
- Dr. Rafael Azcárate Rosell,
- Dr. Felipe Pichardo Moya,
- Dr. Salvador Massip,
- Dr. Carlos García Robiou,
- Dra Teresa Gurrí Aguilera,
- Dr. Manuel Pérez Beato,
- Dr. Emeterio S. Santovenia,
- Ing. José Antonio Cosculluela,
- Arq. Joaquín Weis,
- Dr. René Herrera Fritot,
- Dr. Pedro García Valdés,
- Arq. Silvio Acosta,
- Arq. Evelio Govantes,
- Sr. Eduardo García Feria,
- Arq. Luis Bay Sevilla,
- Ing. Ernesto Segeth.
Como Delegados de la Comisión Nacional de Arqueología en las distintas provincias de la República se designa a los siguientes señores:
- Pinar del Río: Dr. Pedro García Valdés y Sr. Augusto Fornaguera.
- Matanzas: Dr. Carlos Pérez Chousa.
- Santa Clara: Dr. Laudelino Trelles.
- Camagüey: Dr. Felipe Pichardo Moya y Dr. Antonio R. Martínez.
- Oriente: Dr. José A. García Castañeda, Dr. Bernardo Utset y Dr. F. García Peralta.
ARTICULO V. –Las vacantes que se produjeran en el seno de la Comisión serán cubiertas por designación de la misma, verificándose la elección según las prácticas académicas establecidas.
ARTICULO VI. –Para su desenvolvimiento interior y para cumplir su finalidad técnica, la Comisión Nacional de Arqueología elaborará un Reglamento que será sometido a la aprobación del señor Secretario del Ramo.
Dado en la Habana, en el Palacio de la Presidencia, a los nueve días del mes de agosto de mil novecientos treinta y siete.
Dr. Federico Laredo Bru, Presidente.
Dr. Fernando Sirgo, Secretario de Educación.
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